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FACULTAD DISCRECIONAL POR INFRACCIONES RELACIONADAS A LIBROS Y REGISTROS LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA

  RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL  ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS  Nº 000016-2020-SUNAT/700000. PUBLICADO EL 31 DE AGOSTO DEL 2020. La SUNAT tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias, la cual debe ser ejercida optando por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, pudiendo inclusive dejar de aplicar la sanción. La infracción regulada en el numeral 10 del artículo 175 antes mencionado implica la aplicación de una multa por cada libro y/o registro electrónico en que no se hubiera efectuado el registro o anotación de las operaciones del periodo dentro de los plazos máximos de atraso, o en que dicho registro o anotación se hubiera efectuado por montos inferiores. Un contribuyente podría incurrir, en uno o más meses, en más de una infracción mencionada en el considerando anterior, siendo que de aplicarse a cada una de ellas la sanción establecida, equivalente al 0.6% d...