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SUJETOS COMPRENDIDOS Y NO COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA (RER)

Un aspecto fundamental en la elección del régimen tributarios consiste en verificar las condiciones y restricciones que estos poseen.  Respecto al Régimen Especial de Renta en los artículos 117 y 118 del Decreto Supremo Nro. 179-2004EF Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, se establecen los sujetos comprendidos y los sujetos no comprendidos respectivamente. CAPÍTULO XV DEL REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA ARTÍCULO 117: SUJETOS COMPRENDIDOS Podrán acogerse al Régimen Especial las personas naturales,   sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas,   domiciliadas en el país, que obtengan rentas de tercera categoría  provenientes de las siguientes actividades: a) Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por  tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o  manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales  que extraigan, incluidos la cría y el cultivo. b) Actividades de servicios, ...