Ir al contenido principal

Entradas

LEGISLACIÓN SOBRE DESCANSOS REMUNERADOS DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL RÉGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA

  Descansos Remunerados de los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada, regulado mediante Decreto Legislativo N.° 713 de fecha 08/11/1991. Que en el Capítulo II, hace referencia a los descansos en días feriados. CAPÍTULO II DEL DESCANSO EN DÍAS FERIADOS  ARTÍCULO 6º.- Son días feriados los siguientes:

TIPO DE CAMBIO A APLICAR EN EL REGISTRO DE LAS NOTAS DE CRÉDITO O NOTAS DE DÉBITO EMITIDOS EN MONEDA EXTRANJERA

     REGLAMENTO DE NOTAS DE CREDITO NEGOClABLES DECRETO SUPREMO Nº  126-94-EF Artículo 5.-  A fin de determinar el monto de las exportaciones realizadas en el período, se tomará en cuenta: (...) c. Las Notas de Débito y Crédito emitidas en el período a que corresponde la Declaración-Pago. Del monto de las exportaciones realizadas en el período que corresponda, se deducirá o adicionará, en su caso, el monto correspondiente a los ajustes efectuados mediante los documentos a que se refiere el párrafo anterior. Para determinar el valor FOB de la declaración de exportación, de las facturas de exportación de servicios y el valor de las notas de crédito, tratándose de operaciones realizadas en moneda extranjera, el tipo de cambio aplicable será el promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros, en la fecha de emisión de las facturas correspondientes. En el caso de las notas de débito, el tipo de cambio será el mencionado en el párrafo ant...

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

TÍTULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD  CAPÍTULO I  DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Artículo 2°. - Toda persona tiene derecho: 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. 2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público. 4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las...

ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

CAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL  Artículo 74°.- Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio. Las leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria.  Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación.  No surten efecto las normas t...

REQUISITOS SUSTANCIALES Y FORMALES DEL CRÉDITO FISCAL

  CAPITULO VI: DEL CRÉDITO FISCAL ARTÍCULO 18: REQUISITOS SUSTANCIALES El crédito fiscal está constituido por el Impuesto General a las Ventas consignado separadamente en el comprobante de pago, que respalde la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados. Sólo otorgan derecho a crédito fiscal las adquisiciones de bienes, las prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones que reúnan los requisitos siguientes: a) Que sean permitidos como gasto o costo de la empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta, aun cuando el contribuyente no esté afecto a este último impuesto. Tratándose de gastos de representación, el crédito fiscal mensual se calculará de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Reglamento. b) Que se destinen a operaciones por las que se deba pagar el Impuesto. ...

DEVENGADO SEGÚN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA

  ARTÍCULO 57: A los efectos de esta Ley, el ejercicio gravable comienza el 1 de enero de cada año y finaliza el 31 de diciembre, debiendo coincidir en todos los casos el ejercicio comercial con el ejercicio gravable, sin excepción. Las rentas se imputan al ejercicio gravable de acuerdo con las siguientes normas: a) Las rentas de la tercera categoría se consideran producidas en el ejercicio comercial en que se devenguen. Para dicho efecto, se entiende que los ingresos se devengan cuando se han producido los hechos sustanciales para su generación, siempre que el derecho a obtenerlos no esté sujeto a una condición suspensiva, independientemente de la oportunidad en que se cobren y aun cuando no se hubieren fijado los términos precisos para su pago. No obstante, cuando la contraprestación o parte de esta se fije en función de un hecho o evento que se producirá en el futuro, el ingreso se devenga cuando dicho hecho o evento ocurra. Adicionalmente, se debe tener en cuenta lo siguiente:...

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS (PCGA) EQUIDAD: Es el principio fundamental que debe orientar la acción del profesional contable en todo momento y se anuncia así: La equidad entre intereses opuestos debe ser una preocupación constante en contabilidad, puesto que los que se sirven de, o utilizan los datos contables pueden encontrarse ante el hecho de que los intereses particulares se hallen en conflicto. De esto se desprende que los estados financieros deben prepararse de tal modo que reflejen, con equidad, los distintos intereses en juego en una empresa dada. PARTIDA DOBLE: Los hechos económicos y jurídicos de la empresa se expresan en forma cabal aplicando sistemas contables que registran los dos aspectos de cada acontecimiento, cambios en el activo y en el pasivo (participaciones) que dan lugar a la ecuación contable. ENTE: Los estados financieros se refieren siempre a un ente, donde el elemento subjetivo o propietario es considerado como tercero. El concepto de...