De acuerdo con el artículo 5 del Texto Único Ordenado
de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, publicado el 28/12/2013. Se establece que las micro, pequeñas y medianas empresas deben ubicarse en alguna de las siguientes categorías empresariales, establecidas en función de sus niveles de ventas anuales:
DESCARGAR LA TABLA SALARIAL 2022-2023, AQUÍ El 27/09/2022 mediante plataformas virtuales se reúnen los representantes de la CAPECO y la FTCPP, para dejar constancia de los acuerdos de la Negociación Colectiva del año 2022-2023, seguido mediante expediente: Nro. 077-2022-MTPE/2.14-NC; con los siguientes resultados: I. INCREMENTO DE REMUNERACIONES: Cláusula Primera: A partir del 01/06/2022 los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional recibirán un aumento sobre su Jornal básico diario, según: OPERARIO: S/ 6.20 OFICIAL: S/ 4.70 PEON: S/ 4.30 II. CONDICIONES DE TRABAJO: Cláusula Segunda: Los trabajadores que realizan funciones de vigía serán incluidos en el ámbito del Régimen Especial de Construcción Civil con la categoría de PEON. PAGO POR TRABAJO EN FERIADOS Cláusula Tercera: Se agregan a los feriados ya existentes: 30 de agosto (Santa Rosa de Lima) y 8 de octubre (Combate de Angamos) ASIGNACIÓN ESCOLAR Cláusula Cuarta: Se exti...
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