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Mostrando las entradas con la etiqueta PERÚ

SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR SUS REGISTROS CONTABLES MEDIANTE EL SIRE

El 31/07/2021 se publica la Resolución de Superintendencia nro. 0112-2021/SUNAT denominada: "RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE DICTA NUEVAS DISPOSICIONES PARA EL LLEVADO DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS EN FORMA ELECTRÓNICA Y MODIFICA RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA RELACIONADAS CON DICHO TEMA". En la citada resolución se establecen las fecha a partir de la cuales el uso de este sistema es obligatorio contemplándose los diferentes casos.  Posterior a su publicación se efectuaron diversas modificaciones, este artículo contiene la información vigente al 19/05/2024. ARTÍCULO 3. SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR EL RVIE Y EL RCE A TRAVÉS DEL SIRE 3.1. Los sujetos obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de acuerdo con la Ley del IGV quedan obligados a llevar el RVIE y el RCE, conforme a lo siguiente:  a) A partir del período julio de 2023, tratándose de aquellos que estén comprendidos en el anexo N.° 7.   b) A partir de los períodos julio, ago...

PERSONAS NO COMPRENDIDAS EN EL NRUS NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO

  El 14 de noviembre de 2003 se publica el Decreto Legislativo Nro. 937 que entró en vigencia a partir del 01 de enero de 2004 el Texto Único Ordenado del Nuevo Régimen Único Simplificado. ARTÍCULO 3: PERSONAS NO COMPRENDIDAS 3.1 No están comprendidas en el presente Régimen los sujetos a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2 que incurran en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Cuando en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus ingresos brutos supere los S/ 96,000.00 (noventa y seis mil y 00/100 Soles) o cuando en algún mes tales ingresos excedan el límite permitido para la categoría más alta de este régimen. Esto último, no será de aplicación a los sujetos a que se refieren los incisos a) y b) del numeral 7.2 del artículo 7, en tanto se encuentren ubicados en la “Categoría Especial” . Se considera como ingresos brutos a la totalidad de ingresos obtenidos por el contribuyente por la realización de las actividades de este Régimen, excluidos los provenie...

SE INCREMENTA A S/ 1,025.00 LA REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL A PARTIR DE 05-2022

  El 03 de abril de 2022 se publica el Decreto Supremo Nro. 003-2022-TR, que incrementa la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.   ARTÍCULO 1. OBJETO DE LA NORMA: Incrementar en S/ 95.00 (noventa y cinco y 00/100 Soles) la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo que la Remuneración Mínima Vital pasará de S/ 930.00 (novecientos treinta y 00/100 Soles) a S/ 1 025.00 (mil veinticinco y 00/100 Soles); incremento que tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022.   ARTÍCULO 2. PUBLICACIÓN: El presente Decreto Supremo se publica en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.   ARTÍCULO 3. REFRENDO: El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en ...

PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS SEGÚN EL CÓDIGO TRIBUTARIO

  ARTÍCULO 112: PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS Los procedimientos tributarios, además de los que se establezcan por ley, son: 1. Procedimiento de Fiscalización. 2. Procedimiento de Cobranza Coactiva. 3. Procedimiento Contencioso-Tributario. 4. Procedimiento No Contencioso.

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES PERÚ 2018

Este domingo 7 de Octubre del 2018, son las elecciones regionales y municipales; las cuales permitirán elegir a nuestras autoridades en 25 gobiernos regionales, 196 municipios provinciales y 1,678 municipios distritales, para los próximos 4 años.  Este proceso es obligatorio para todos los ciudadanos mayores de 18 años a nivel nacional. Para los mayores de 70 años el voto es facultativo FECHA Y HORA: - Domingo 7 de Octubre del 2018, de: 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. MIEMBROS DE MESA: - Para cada mesa de sufragio se designará por sorteo al presidente, secretario y tercer miembro, así como a 3 suplentes. Puedes consultar si fuiste designado como miembro de mesa aquí: https://consultamiembrodemesa.onpe.gob.pe/