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CRONOGRAMA GENERAL PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO GRAVABLE 2025

  📄 Resolución de Superintendencia N.º 000386-2025/SUNAT Cronograma de Presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del ITF — Ejercicio Gravable 2025 📌 I. Marco Normativo y Objeto de la Resolución La Resolución de Superintendencia N.º 000386-2025/SUNAT fue publicada el 30 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial El Peruano y entró en vigor al día siguiente de su publicación. Esta resolución tiene por objeto aprobar el cronograma general para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio gravable 2025 , así como las fechas para el pago de regularización respectivo. El fundamento legal de la norma se sustenta principalmente en el artículo 79 de la Ley del Impuesto a la Renta y en el artículo 17 de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, así como en las facultades generales de SUNAT para dictar normas vinc...
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EXCEPCIÓN Y SUSPENSIÓN DE PAGOS A CUENTA Y RETENCIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA APLICABLE A CONTRIBUYENTES CON RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA EN EL EJERCICIO 2026

  Resolución de Superintendencia N.º 000390-2025/SUNAT: Una herramienta clave para la suspensión de pagos y retenciones del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría en 2026 La Resolución de Superintendencia N.° 000390-2025/SUNAT es una norma de carácter tributario publicada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) el 30 de diciembre de 2025 , con vigencia para el ejercicio gravable 2026 . Su finalidad es adecuar los importes aplicables para la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta para los contribuyentes que perciben rentas de cuarta categoría (profesionales independientes y otros prestadores de servicios). 1. ¿Cuál es el contexto normativo y su propósito? Para comprender esta resolución, es necesario recordar: Los artículos 3 y 5 del Decreto Supremo N.° 215-2006-EF facultan a la SUNAT para fijar los importes a partir de los c...

UIT PARA EL 2026

UIT 2026 La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es uno de los instrumentos más relevantes del sistema tributario peruano. Cada año, el Estado peruano fija su valor en soles y este sirve como unidad de referencia para calcular impuestos, sanciones, deducciones, límites y obligaciones tributarias, contables y administrativas. Esta actualización anual es crucial para la adecuada aplicación de la normativa tributaria por parte de personas naturales, empresas, asesores fiscales y organismos públicos.  1. ¿Qué es la UIT y por qué es importante? La UIT es un valor de referencia en soles que se utiliza para: Determinar bases imponibles de diversos tributos. Establecer límites de deducciones y exoneraciones en impuestos como el Impuesto a la Renta. Calcular multas e infracciones tributarias, laborales o administrativas. Definir umbrales para obligaciones contables y de formalización empresarial. Servir como parámetro en procedimientos tributarios, civiles y laborales.  El valor de la UI...

DEPRECIACIÓN SEGÚN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA

El Decreto Supremo Nro. 179-2004-EF Texto Único Ordenado de la  Ley del Impuesto a la Renta, refiere respecto a la depreciación para efectos tributarios en los artículo 38, 39, 40 y 41. El artículo 40 señala que el reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nro. 122-94-EF Reglamento de la Ley del impuesto a la Renta, establecerá los porcentajes máximos de depreciación tributaria aceptada. ARTÍCULO 38: El desgaste o agotamiento que sufran los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilicen en negocios, industria, profesión u otras actividades productoras de rentas gravadas de tercera categoría, se compensará mediante la deducción por las depreciaciones admitidas en esta ley. Las depreciaciones a que se refiere el párrafo anterior se aplicarán a los fines de la determinación del impuesto y para los demás efectos previstos en normas tributarias, debiendo computarse anualmente y sin que en ningún caso puedan hacerse incidir en un ejercicio gravable depreciaciones correspon...

SUJETOS COMPRENDIDOS Y NO COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA (RER)

Un aspecto fundamental en la elección del régimen tributarios consiste en verificar las condiciones y restricciones que estos poseen.  Respecto al Régimen Especial de Renta en los artículos 117 y 118 del Decreto Supremo Nro. 179-2004EF Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, se establecen los sujetos comprendidos y los sujetos no comprendidos respectivamente. CAPÍTULO XV DEL REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA ARTÍCULO 117: SUJETOS COMPRENDIDOS Podrán acogerse al Régimen Especial las personas naturales,   sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas,   domiciliadas en el país, que obtengan rentas de tercera categoría  provenientes de las siguientes actividades: a) Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por  tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o  manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales  que extraigan, incluidos la cría y el cultivo. b) Actividades de servicios, ...

FACULTAD DISCRECIONAL DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS A LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA

  El 10 de noviembre de 2023 se publica la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nro. 000039-2023-SUNAT/700000 en la que se dispone aplicar la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica. APLICA LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS A LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS LLEVADOS DE MANERA ELECTRÓNICA ARTÍCULO 1:  Aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del del Código Tributario, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo de la presente resolución. A RTÍCULO 2:  No procede efectuar la devolución, ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad en la presente resolución, efectuados hasta su vig...

TASA DE INTERES LEGAL

  El 19 de diciembre de 2023 se publica la Ley Nro. 31962 denominada: " LEY QUE SINCERA LOS INTERESES  POR DEVOLUCIONES DE PAGOS DE TRIBUTOS EN EXCESO O INDEBIDOS, POR RETENCIONES  O PERCEPCIONES NO APLICADAS DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Y ACTUALIZACIÓN  DE MULTAS" ARTÍCULO 1. OBJETO DE LA LEY La presente ley tiene por objeto sincerar los intereses por las devoluciones de los pagos tributarios realizados indebidamente o en exceso, de las devoluciones por retenciones o percepciones no aplicadas del impuesto general a las ventas y lo correspondiente por la actualización de multas. ARTÍCULO 2. MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 28, 38 Y 181 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO Se modifican los artículos 28, 38 y 181 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo 133-2013-EF, y normas modificatorias, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 28. COMPONENTES DE LA DEUDA TRIBUTARIA La Administraci...