CRONOGRAMA, DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF - EJERCICIO 2020.
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000229 -2020/SUNAT publicado el 30/12/2020 modifican la Resolución de Superintendencia N° 271-2019/SUNAT que aprueba disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras y se aprueba el Cronograma para el Ejercicio Gravable 2020.
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Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual –
Persona Natural que se realiza a través de SUNAT Virtual o el APP Personas
SUNAT; disponible a partir del 15/02/2021.
- Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría o el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, a través de SUNAT Virtual; disponible a partir del 02/01/2021.
La citada resolución refiere que el PDT N° 710 solo
podrá ser utilizado para la presentación, a través de SUNAT Virtual, de las declaraciones
rectificatorias, que correspondan al ejercicio gravable 2019, que hubieren sido
presentadas a través de dicho medio.
Para el ejercicio gravable 2020, la información personalizada se encontrará disponible a partir del 15 de febrero de 2021.
Para cancelar el Importe a pagar a través de SUNAT Virtual o el APP Personas SUNAT, el deudor tributario puede optar por alguna de las siguientes modalidades:
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Pago mediante débito en cuenta
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Pago mediante tarjeta de crédito o débito
- Puede cancelar el Importe a pagar en los Bancos
Habilitados utilizando el NPS.
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