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CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL ITF CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO GRAVABLE 2022

 



SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 271-2019/SUNAT QUE APRUEBA DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS Y SE APRUEBA EL CRONOGRAMA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO GRAVABLE 2022.

Mediante la Resolución de Superintendencia Nro. 000288-2022/SUNAT, publicado el 26/12/2022. Se resuelve:

ARTÍCULO 1. OBJETO

1.1. La presente resolución tiene por objeto regular: 

a) La incorporación de un nuevo supuesto al universo de sujetos que deben utilizar el Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual - Completo - Tercera Categoría e ITF. 

b) El cronograma para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta y del impuesto a las transacciones financieras correspondiente al ejercicio gravable 2022 y lo relacionado a ello.


ARTÍCULO 5. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS FORMULARIOS

Los formularios virtuales para la presentación de la Declaración correspondiente al ejercicio gravable 2022 se encuentran disponibles de acuerdo con lo siguiente:

1. El Formulario Virtual Nº 709 – Renta Anual – Persona Natural está disponible en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT a partir del 6 de marzo de 2023.

2. El Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría y el Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF están disponibles en SUNAT Virtual a partir del 2 de enero de 2023.


ARTÍCULO 6. PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN Y EFECTUAR EL PAGO DE REGULARIZACIÓN DEL IMPUESTO Y DEL ITF, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO GRAVABLE 2022

Por el ejercicio gravable 2022, los deudores tributarios presentan la Declaración y, de corresponder, efectúan el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma:



ARTÍCULO 7. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA INFORMACIÓN PERSONALIZADA 

Para el ejercicio gravable 2022, la información personalizada a que se refiere el artículo 5 de la Resolución se encuentra disponible a partir del 6 de marzo de 2023.


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